Nosotros

Históricamente la creación del Colegio de Psicólogos del Perú se remonta al año 1979, cuando la última Junta Directiva de la Sociedad Peruana de Psicología (SPP) después de un arduo trabajo de recopilación de la información requerida y una permanente discusión con los colegas de entonces, formalizó la solicitud de creación de la Orden ante el Gobierno de la Fuerzas Armadas que dirigía el General Francisco Morales Bermúdez Cerrutti, constituyéndose en la institución gestora de la Ley que, finalmente, después de diversos contratiempos, el Gobierno aprobó el día miércoles 30 de abril del año 1980.

Con no poca frecuencia se suele confundir a la primera Comisión mandatoria, estipulada en las Disposiciones Transitorias de la Ley N 23019, con los gestores de la misma. Esta Comisión estuvo integrada por el Dr. Marcelino Matta Saravia, Representante del Primer Ministro; Ps. Roberto Lerner Stein, Representante de la Sociedad Peruana de Psicología y gestora de la Ley; Víctor Amorós Terán, Representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de las Universidades Nacionales; y Cecilia Thorne de Trelles, Representante de la Universidad Católica del Perú y de las Universidades Particulares.

Ciertamente, toda Ley se gesta a partir de una solicitud presentada por alguna persona natural o institución jurídicamente representativa, para lo cual es necesario adjuntar la documentación que la sustente: modelo de anteproyecto de Ley, exposición de motivos que justifican la creación del Colegio, proyecto de Estatuto de la futura institución y proyecto de Código de Ética, entre otros. En suma, finalmente, el Decreto Ley N 23019 fue el feliz resultado de la constancia y continuo requerimiento de la Sociedad Peruana de Psicología (SPP) que contó con la invalorable ayuda del Dr. Marcelino Matta Saravia, asesor del Primer Ministro.

Fue así, entonces, que después de muchos trámites ante el Gobierno del General Morales Bermúdez y, especialmente a través del General Pedro Richter Prada, Primer Ministro del régimen de entonces, como se le dio mayor prestancia y significación a la labor del psicólogo profesional en el país, no obstante que la mayoría de los miembros de la Junta Directiva de la Sociedad Peruana de Psicología estaba integrada por psicólogos clínicos. Asimismo, es también anecdótico el impase surgido con el Colegio Médico del Perú (CMP), institución que se opuso a la aprobación de la solicitud de creación de la Orden; hecho que hizo suyo el Ministro de Salud de ese entonces.

Nuestros Fines

Regular la práctica profesional y velar por que este se realice de acuerdo al Código de Ética Profesional que dicte el Colegio; promover el avance de la psicología a fin de que contribuya al desarrollo y bienestar del país; asumir la defensa de sus miembros como organismo gremial en todo aquello que competa el ejercicio de la profesión; propiciar la superación profesional de sus miembros mediante el desarrollo de actividades científico, técnico, cultural y lo demás que señale el art. 4 de la Ley de Creación.

Patrimonio

Las cotizaciones que abonen sus miembros, el producto de los bienes que adquiera por cualquier título, el producto de las multas aplicadas por medidas disciplinarias, las donaciones que se les otorgue y las rentas que genere, los honorarios que perciba por los servicios que preste y otros ingresos derivados de la actividad gremial.

Órganos Directivos

El Consejo Directivo Nacional es el órgano de mayor jerarquía, con jurisdicción en todo el país y cuya sede es la capital de la república. Los Consejos Directivos regionales son órganos de jerarquía regional y tiene por sede y jurisdicción la que establezca el estatuto.

  • La elección de los cargos será por un periodo de dos años y no podrá haber reelección inmediata.
  • Rectificación con fecha: Lima, 25 de junio de 2001
  • Inscripción de Personas Jurídicas Creadas por Ley
  • Colegio de psicólogos del Perú
  • Oficina registral de Lima y Callao
  • Oficina Lima
  • N° de partida: 11293897